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Preparar una constitución para la Iglesia católica. Ésas fueron las instrucciones de Papa Pablo VI durante el Concilio Vaticano II (1962-65). De hecho, ha habido innumerables elementos de una Constitución en muchos de los documentos de la Iglesia a través de los siglos. Hay incluso porciones sustanciales de una Constitución escrita que forman parte ahora del Código de Derecho Canónico de 1983. Sin embargo, esta "Constitución parcial" no está completa, ni habla sobre el compartir democrático de responsabilidades con la magnitud que las estructuras pasadas de la gobernación de la Iglesia católica experimentaron. Partiendo de la visión proyectada y del entusiasmo generado por el Concilio Vaticano II, existe un movimiento amplio, siempre en auge, para escribir, adoptar y vivir una Constitución en la Iglesia católica. Esa Constitución sería en el espíritu del Evangelio de Jesús de liberación y amor, y adaptable a los principios de gobernación más sólidos existentes en el umbral del Tercer Milenio. Las páginas siguientes son un proyecto de una Propuesta de Constitución de la Iglesia católica". El proyecto está arraigado en los valores del Evangelio, la historia y teología de la Iglesia, el derecho canónico, los documentos del Vaticano II, "la Ley Fundamental de la Iglesia" (Lex Ecclesiae Fundamentalis) comisionada en 1965 por el Papa Pablo VI, el Derecho Canónico de 1983, y la experiencia de ley constitucional civil de los últimos doscientos años. Los derechos y deberes de esta Constitución provienen del "Fuero de derechos de los católicos en la Iglesia" compilado en un diálogo mundial por la "Asociación para los derechos de los católicos en la Iglesia" (ARCC). Estos derechos, a su vez, se basan parcialmente en la "Declaración universal de derechos humanos" de las Naciones Unidas. Esta Constitución que proponemos se ha investigado a conciencia y meticulosamente, y ha sido bosquejada por la "Asociación para los derechos de los católicos en la Iglesia" (ARCC). El bosquejo inicial se envió a muchos individuos y grupos, tales como la "Red europea de los derechos en la Iglesia" - denominada ahora "Movimiento internacional Nosotros somos la Iglesia (IMWAC) - y a continuación se revisó muchas veces. No obstante, este documento se presenta como un proyecto para iniciar una discusión que debe ser amplia, profunda y duradera, antes de que la Constitución pueda ser aceptada como un armazón eficaz para sostener el gobierno de la Iglesia católica. La discusión necesita incluir la experiencia y sabiduría de grupos, tales como abogados constitucionales, expertos en ciencias políticas, abogados de derecho canónico, teólogos, historiadores de la iglesia, párrocos, obispos, el Papa, hombres de negocios, sociólogos, sicólogos, educadores, etc., así como personas casadas, jóvenes, ancianos, mujeres, hombres - en pocas palabras, todas las categorías de miembros de la Iglesia católica. También queremos aprender de la experiencia de personas de otras iglesias que han desarrollado varios modelos democráticos de estructuras donde se comparte la responsabilidad; queremos aprender de sus experiencias positivas y negativas. Quizás el cambio más importante que debe conseguirse para convertir en realidad una Constitución católica es un cambio en la conciencia o mentalidad de los católicos, seglares y clérigos. Las tradiciones católica y comunitaria deben verse y experimentarse como fuentes vivientes para transformar la vida en algo significante y vital - santificado; como algo liberado hacia lo que los cristianos maduros sientan un sentido recíproco de responsabilidad. Eso incluye compartir como adultos tanto el exigir derechos como el aceptar responsabilidades, en pocas palabras, compartir en democracia - en una Constitución. Por consiguiente ARCC y la Red de grupos participantes recomiendan encarecidamente:
Aunque es verdad que los párrocos que le sucedan no estarían obligados a aceptar la constitución de su predecesor, la pelota estaría en juego, y sería difícil pararla. Especialmente si varios párrocos establecieran con éxito constituciones en sus propias parroquias. Sin duda que una buena Constitución de la Parroquia, planeada y dessarrollada con éxito, tendría un gran efecto positivo en otras parroquias y en la diócesis. Aunque es verdad que los obispos que le sucedan no estarían obligados a aceptar la constitución de su predecesor, la pelota estaría en juego, y sería difícil pararla. Especialmente si varios obispos establecieran con éxito constituciones diocesanas. Sin duda que una buena Constitución Diocesana, planeada y dessarrollada con éxito, tendría un gran efecto positivo en las parroquias de la diócesis y en otras diócesis. En su apostolado a la Iglesia universal, cada Comunidad de Religiosos y Religiosas debiera plantearse conscientemente cómo dar prioridad a ese compartir de su experiencia y conocimientos sobre las estructuras democráticas y el espíritu en la Iglesia. Además, cada sociedad religiosa debiera fomentar agrupaciones colaboradoras con otras sociedades religiosas - así como organizaciones seglares y sacerdotales. Enviar comentarios y revisiones a:
_________________________________________ Traductor ( inglés --> español):
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IMWAC/ARCC/VATICAN2 Web-Site Editor: Ingrid H. Shafer,
Ph.D
ihs@ionet.net
First posted 29 April 1999
Last updated 29 April 1999
Hypertext Copyright © 1999 Ingrid H. Shafer